Código de Ética de ICF

Parte 1: La Filosofía de Coaching del ICF

La Federación Internacional del Coach se adhiere a una forma de Coaching que honra al cliente como el experto en su vida y trabajo y cree que cada cliente es creativo, está lleno completo y de recursos. Sobre estos fundamentos, la responsabilidad del Coach es:

  • Descubrir, clarificar y alinearse con lo que el cliente quiere lograr.
  • Animar al auto-descubrimiento del cliente.
  • Extraer soluciones y estrategias generadas por el cliente.
  • Mantener al cliente responsable y “accountable” (comprometido con sus resultados).

Parte 2: La Definición ICF de Coaching

El Coaching profesional es una relación profesional continua que ayuda a la gente a producir resultados extraordinarios en sus vidas, carreras, empresas u organizaciones.

Mediante el proceso de Coaching, los clientes profundizan su aprendizaje, mejoran su desempeño y aumentar su calidad de vida. En cada junta, el cliente elige el tema de la conversación, mientras que el Coach escucha y contribuye observaciones y preguntas. Esta interacción crea claridad y mueva el cliente hacia la acción.

El Coaching acelera el avance del cliente porque proporciona mayor enfoque y conciencia sobre las alternativas.

El Coaching se concentra en dónde están los clientes hoy en día y que están dispuestos a hacer para llegar adonde quieren estar en el futuro.

Los Coaches miembros del ICF y los Coaches certificados por el ICF reconocen que los resultados son asunto de las intenciones, elecciones y acciones del cliente, soportados por los esfuerzos del Coach y la aplicación del proceso de Coaching.

Parte 3: Los Estándares ICF de Conducta Ética

Como Coach:

Conducta Profesional en General

1. Me comportaré de una manera que refleje positivamente la profesión de Coaching y evitaré entrar en conductas o hacer declaraciones que pudieran impactar negativamente en el entendimiento o aceptación del público sobre el Coaching como una profesión.

2. No haré a nivel consciente ninguna declaración falsa o engañosa verbalmente o por escrito acerca de la profesión de Coaching.

3. Respetaré los diferentes enfoques de Coaching. Honraré los esfuerzos y contribuciones de otros y no los presentaré como míos.

4. Estaré consciente de cualquier asunto que potencialmente pudiera resultar del abuso de mi influencia, reconociendo la naturaleza del Coaching y la forma en que podría afectar las vidas de otros.

5. En cada momento me esforzaré por reconocer todos los asuntos personales que podrían impedir, interferir o causar conflictos con mi desempeño como Coach o en mis relaciones profesionales. Cuando los hechos y circunstancias dicten, buscaré inmediatamente ayuda profesional y determinaré las acciones a tomar, incluyendo si es apropiado suspender o terminar mi(s) relación(es) de Coaching.

6. Como capacitador o supervisor de Coaches actuales y potenciales, me comportaré de acuerdo al Código de Ética ICF en todas las situaciones de entrenamiento y supervisión.

7. Conduciré y reportaré investigaciones con competencia, honestidad y dentro de los estándares científicos comúnmente reconocidos. Llevaré a cabo mis investigaciones con la aprobación y consentimiento de las personas involucradas en las mismas y con un acercamiento que las protejan razonablemente de daño alguno. Cumpliré con las leyes del país en donde estoy conduciendo mis investigaciones.

8. Crearé, mantendré, almacenaré y destruiré fielmente cualquier bitácora de mi trabajo relacionado al Coaching en una forma que promueva la confidencialidad y cumpla con las leyes aplicables.

9. Utilizaré la información de contactos de los miembros del ICF (direcciones de correo electrónico, números telefónicos, etc.) únicamente en la manera y con los límites autorizado por el ICF.

Conducta Profesional con Clientes

10. Me responsabilizaré por fijar límites claros, apropiados y adecuados a la cultura local para regular cualquier contacto físico que pudiera llegar a tener con mis clientes.

11. No me involucraré sexualmente con ninguno de mis clientes.

12. Construiré acuerdos claros con mis clientes y honraré todos mis acuerdos hechos en el contexto de mis relaciones profesionales de Coaching.

13. Me aseguraré de que antes o durante la primera sesión, mi cliente entienda la naturaleza de Coaching, los límites de la confidencialidad, los arreglos financieros y los demás términos del acuerdo de Coaching.

14. Expondré correctamente mis calificaciones, conocimientos y experiencia como Coach.

15. No engañaré intencionalmente o haré declaraciones falsas acerca de lo que mi cliente recibirá del proceso de Coaching o de mí como su Coach.

16. No daré a mis clientes o prospectos clientes información o consejos que sé o creo que son engañosos.

17. No explotaré con mis conocimientos ningún aspecto de la relación Coach-Cliente para mi ventaja o beneficio personal, profesional o monetario.

18. Respetaré el derecho del cliente para terminar el Coaching durante cualquier momento del proceso.

Estaré alerta a las indicaciones de que el cliente ya no está beneficiándose de nuestra relación de Coaching.

19. Si creo que el cliente pudiese estar mejor atendido por otro Coach o por otro recurso, animaré al cliente para hacer el cambio.

20. Sugeriré a mis clientes que busquen los servicios de otros profesionales cuando se determine apropiado o necesario.

21. Tomaré todas las acciones razonables para notificar a las autoridades apropiados si un cliente comentara tener la intención de poner en peligro a sí mismo o a otros.

Confidencialidad / privacidad

22. Respetaré la confidencialidad de la información de mi cliente, a menos que éste me autorice hacerlo de otro modo o bien, que me sea requerido por La Ley.

23. Obtendré el acuerdo de mis clientes antes de utilizar sus nombres como clientes o referencias, o cualquier otra información que identifique a mis clientes.

24. Obtendré el acuerdo de la persona que está siendo Coacheada antes de liberar información a otra persona que me está compensando.

Conflictos de Intereses

25. Buscaré evitar conflictos entre mis propios intereses y los intereses de mis clientes.

26. En caso de que surgiera algún conflicto de interés ya sea actual o potencial, lo revelaré y discutiré completa y abiertamente con mi cliente y veré la forma de resolverlo de la manera que sea más conveniente para él.

27. Revelaré a mi cliente toda compensación anticipada dada por terceros que pudiese yo recibir por referencia o remisión de ese cliente. Sólo intercambiaré mis servicios por otros servicios, bienes u otra compensación no monetaria cuando el hacer esto no dañe la relación de Coaching.

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